16 • Marzo | Abril 2026 • abasto.com • NOTICIAS POR HERNANDO RAMÍREZ-SANTOS C alifornia comenzó a aplicar un mandato estatal que exige en- riquecer con ácido fólico la harina de maíz nixtamaliza- da y los productos de masa húmeda vendidos en el es- tado, una medida dirigida a reducir defectos congénitos prevenibles. La ley AB 1830, vigente desde el 1 de enero de 2026, obliga a los fabricantes a for- tificar con ácido fólico estos productos distribuidos en California. El gobernador Gavin Newsom firmó la le- gislación el 28 de septiem- bre de 2024, tras años de impulso de organizaciones médicas y de salud pública. Una corrección a la política federal En 1998, la normativa fe- deral exigió enriquecer con ácido fólico productos de granos como pan, pasta y arroz, pero excluyó la hari- na de maíz nixtamalizada y la masa húmeda. Esto pro- vocó que comunidades que consumen principalmente alimentos a base de maíz registraran menor ingesta La harina de maíz se debe fortalecer con ácido fólico Nuevo mandato en California Entró en vigor nueva ley que obliga a los fabricantes que distribuyen harina de maíz en el estado a fortificarla con ácido fólico de ácido fólico, esencial para prevenir defectos del tubo neural, como la espina bífi- da y la anencefalia. Expertos en salud mater- na coinciden en que forti- ficar alimentos básicos es más eficaz que depender de suplementos individuales, especialmente porque mu- chas gestaciones ocurren sin planificación. La ley bus- ca cerrar este vacío estructu- ral incluyendo alimentos de consumo cotidiano. Estándares de fortificación y etiquetado A partir del 1 de enero de 2026, toda harina de maíz nixtamalizada fabricada o vendida en California debe contener 0.7 miligramos de ácido fólico por libra. Los productos de masa húmeda pueden enriquecerse hasta 0.4 miligramos por libra. Los estándares permiten fle- xibilidad en la manufactura sin comprometer la salud pública. La ley también establece requisitos de etiquetado: los fabricantes deben de- clarar la presencia de ácido fólico en la etiqueta nu- tricional y especificar si el producto es harina de maíz nixtamalizada o masa hú- meda. Esto garantiza trans- parencia y coherencia con la información nutricional existente. Equidad en salud El asambleísta Dr. Joaquín Arámbula, autor del pro- yecto, destacó que la me- dida aborda desigualdades documentadas en salud y ofrece una solución cultu- ralmente pertinente para prevenir defectos congéni- tos. Datos de salud pública muestran tasas más altas de defectos del tubo neural en comunidades latinas, asociadas en parte con me- nor consumo de ácido fóli- co en alimentos básicos. Respaldo médico y civil El Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos del Distrito IX y March of Dimes promovieron la iniciativa durante años. Agencias es- tatales, organizaciones sin fines de lucro y profesiona- les de la salud también res- paldaron la ley durante su proceso legislativo. Ahora, los fabricantes que distribuyen harina de maíz en California deben cumplir con los requisitos de forti- ficación y etiquetado. Los minoristas deben garantizar la disponibilidad de opcio- nes fortificadas, mientras los reguladores estatales su- pervisarán el cumplimiento como parte de los marcos existentes de seguridad ali- mentaria. Excepciones para pequeños productores y comercios • Las operaciones de alimentos artesana- les y ciertas insta- laciones de proce- samiento pueden fabricar o vender harina de maíz sin en- riquecerla con ácido fólico. • Las tiendas de comes- tibles también pueden ofrecer productos no enriquecidos. • La ley excluye explícitamente los alimentos tipo snack.
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